viernes, 9 de septiembre de 2011

REGIÓN REGISTRA DOS CASOS DE FEMICIDIO FRUSTRADO

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PROBLEMÁTICA SOCIAL


PRODUCTO DE MODIFICACIONES 
LEGALES PROMULGADAS EN 2010

Con el reciente caso de “femicidio frustrado” ocurrido en un departamento de un edificio del Curvo de Antofagasta, ocurrido la noche del martes pasado, son dos los casos de este tipo de delito contabilizados a la fecha en la región y es por ello que el Servicio Nacional de la Mujer llama a redoblar los mecanismos de denuncia y sanción.

El Sernam ya tomó contacto con la persona afectada por este reciente caso, hecho que se suma al trabajo que realiza actualmente el Centro de la Mujer de Tocopilla con el patrocinio de una querella por femicidio frustrado y desacato presentado por una joven de 21 años en contra de su pareja de 43.
Según al abogado y Director Regional (s) del Sernam, Carlos Riveros Mena, la institución lleva el registro oficial de los femicidios ocurridos en el país a contar de 2007 pero es con la promulgación de las modificaciones introducidas al Código Penal y a la Ley VIF 20.066 que en Chile existe legalmente el término femicidio y femicidio frustrado para un crimen o intento de asesinato que antes era sancionado como homicidio o parricidio.
“Esta ley no sólo reconoce con propiedad las diferencias conceptuales en el crimen de un hombre o una mujer en el contexto de la relación de pareja, sino que también aumenta las sanciones para los femicidas debido a que los hombres ejercen una violencia selectiva, que no se ejerce contra todas las personas”.

 


Riveros explicó que el femicidio es la máxima expresión de la violencia intrafamiliar y que es una conducta de riesgo producto de la masculinidad hegemónica que busca mantener el poder y control sobre las mujeres. “Quienes ejercen este tipo de actos no lo hacen en contra de sus jefes o vecinos, por lo tanto es un comportamiento premeditado que no obedece a una falta de control o impulsos”.

Ley de femicidio
Las modificaciones legales que fueron promulgadas el 13 de diciembre de 2010 permiten, cuando la víctima de un parricidio sea una mujer, sancionar el delito como femicidio.
De esta forma se crea una nueva categoría delictual para sancionar los asesinatos de ex cónyuges y ex convivientes con pena de 10 años y un día a 20 años. Se prescinde además de la autorización del progenitor condenado por delitos sexuales para que su hija/o salga del país; se eliminan barreras actuales para investigar una violación conyugal; y se incorpora como medida de protección la obligación del agresor de presentarse regularmente a una unidad policial, entre otras medidas.


El valor de la denuncia
Si bien las leyes chilenas presentan más mecanismos para asegurar el derecho a vivir sin violencia de las mujeres, el verdadero dilema se encuentra en la persistencia en las denuncias ante los tribunales.
“Las mujeres que no denuncian muchas veces lo hacen por miedo, impotencia o debilidad. Por ello quiero recalcar que como Sernam contamos con una red de apoyo para ellas y asesoría directa en los tres Centros de la Mujer que existen en la región, más el fono Ayuda Violencia 800-104-800 el cual opera las 24 horas del día”, puntualizó Riveros.
Las causas ingresadas en el Ministerio Público de Antofagasta, Calama, Tocopilla, María Elena y Taltal suman dos mil 738 a junio de 2011; mientras que las denuncias que registran Carabineros y la PDI en el mismo periodo en la región son mil 752.
Anunció además que a fines de este mes el Sernam dará inicio a la campaña por la no violencia contra las mujeres, que se extenderá hasta el 25 de noviembre, con mensajes relacionados con hacer persistentes este tipo de denuncias.


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